martes, 26 de enero de 2016

Multa por instalar una cámara en un garaje

La Agencia Española de Protección de Datos resolvió multar a un vecino de A Coruña con 2.000€ por instalar una cámara en un garaje comunitario sin permiso.

Este vecino fue denunciado por el resto de propietarios, tras lo cual se le exigió que presentase la autorización para colocar la cámara de videovigilancia y, en caso de no poseerla, retirarla. Sin embargo, el acusado hizo caso omiso a la resolución, por lo que los denunciantes comunicaron a la agencia que el sistema seguía colocado. El órgano inició un procedimiento sancionador por una infracción grave.

La Agencia Española de Protección de Datos no recibió alegaciones, por lo que decidió imponerle una sanción de 2.000 euros.

La Ley de Protección de Datos considera que es infracción grave "no atender a los requerimientos de la agencia o no proporcionar a aquella cuantos documentos e informaciones sean solicitados por la misma". En este caso queda acreditado que el denunciado no ha atendido a la petición efectuada en la resolución de apercibimiento, por lo que cabe la imposición de la sanción. 

El órgano establece la cuantía de la multa en función al tipo de infracción. En este caso, la agencia destaca que la "conducta infractora" fue realizada "por una persona física no habituada al tratamiento de datos personales, lo que lleva a apreciar la existencia de una cualificada disminución de la culpabilidad", de modo que decretó imponerle una sanción por infracción leve.
Fuente La Opinión

No hay comentarios:

Publicar un comentario